Expendedores de carne deben cumplir con etiquetado en productos cárnicos

El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) del Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC), hacen un llamado a los expendios de productos y subproductos de cárnicos (alrededor de 3000 carnecerías), sobre la obligación establecida en el Decreto Ejecutivo No.33744 y el Reglamento Técnico RTCR 400:2006, sobre el etiquetado de todos los tipos de carnes (cruda, molida, marinada, adobada, tenderizada o vísceras) de bovinos, porcinos, equinos, caprinos, conejos y ovinos, que sean ofrecidos a los consumidores en el mercado nacional.

Los productos  preempacados, los cuales están listos para ofrecer al consumidor deben contener una serie de información como: corte, especie, tipo de carne, vísceras, fecha de vencimiento, instrucciones de conservación, origen, ingredientes, precio por kilo y precio total, nombre, dirección  del productor, importador o distribuidor y recomendaciones de manejo y consumo del producto.

Además,  los productos no preempacados debe indicarse en las urnas de exhibición si la carne es “molida, marinada, adobada, tenderizada”, declararse el tipo de vísceras,  porcentaje de grasa de la carne molida, lista de ingredientes utilizados en los  procesos de adobo, marinación y tenderización, precio por kilo, precio total de la presentación, país de origen, entre otros en las urnas o con un rótulo visible.

SENASA realiza regularmente inspección en todos los establecimientos que comercializan productos y subproductos de origen animal, para verificar  las instalaciones, equipos, recipientes, utensilios, además del mantenimiento, limpieza y desinfección que garantizan la eliminación de desechos y suciedad” indicó Bernardo Jaén Director General del SENASA.

 Asimismo, el abastecimiento de agua, hielo, control de plagas, higiene del personal, conducta, salud, manejo y manipulación de los alimentos, refrigeración y manejo de temperaturas y por último rastreabilidad, registros y etiquetado; concluyó Jaén.


Los reglamentos técnicos, entre ellos los de etiquetado, son de acatamiento obligatorio, tanto para productos nacionales como importados, y tienen como fin comunicar al consumidor sobre las características y condiciones de los productos que adquiere en el mercado, para que él pueda tomar decisiones de compra informadas”, comentó Isabel Araya, jefa de la Dirección de Calidad del MEIC.

Comentarios