MAG niega restricciones a importaciones de frijol

Las autoridades del Ministerio de Agricultura y Ganadería, MAG, aclara al pueblo de  Costa Rica que esta cartera no está imponiendo ninguna restricción particular a las importaciones de frijol.

En torno al tema del decreto de desabasto, el MAG aclara que, por el contrario, éste  se declara para permitir que las empresas importadoras puedan ingresar grano de terceros mercados sin pagar aranceles.  La distribución de ese desabasto se hace con las industrias, según su participación en la compra al productor nacional, tal como lo establece la cláusula de desempeño.

“En  el procedimiento  que determina el desabasto de frijol, o de cualquier otro grano de consumo básico,  participan  el CNP, el MEIC, COMEX y el MAG”, explicó el Viceministro del MAG, José Joaquín Salazar.

El estudio técnico es realizado por el Consejo Nacional de Producción (CNP), y es precisamente la Junta Directiva de esta entidad la que aprueba la cláusula de desabasto y sus alcances, es decir, plazos, volumen y  cuotas asignadas a la industria.

Tras la recomendación emitida por el CNP, corresponde a los jerarcas del MAG, del MEIC y de COMEX, firmar el decreto ejecutivo para el ejecutar el desabasto.  En este caso, el proceso de firmas por parte de los jerarcas está concluyendo este jueves, para su publicación.


Además de la declaración del desabasto mencionado, se debe indicar que en el Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y China, se establece una cuota libre de arancel de 10.000 toneladas de frijol, que  pueden ingresar al país  en dos períodos: del 1 de mayo al 31 de julio, o bien del 1 de octubre al 31 de diciembre.    

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